SOBRE PROYECTO DE LEY PARA CONDONAR Y EXIMIR DEL PAGO DE IMPUESTOS A LA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA Y ROMANA. Junio de 2001
Este año (2001) en vez de reflotar el proyecto enviado el año pasado, el Ejecutivo
Provincial redobla la apuesta y presenta una nueva Ley ahora sin las
explicaciones de las incongruencias del Código Tributario sino argumentando
preceptos constitucionales por los cuales la Iglesia Católica se hace merecedora
de tales exenciones y condonaciones en una redacción que además es un cheque en
blanco:
Art.1 Exímese a la Iglesia Católica Apostólica Romana del pago de impuestos
provinciales.
Art.2 Condónase a la Iglesia Católica Apostólica Romana la deuda que por
impuestos provinciales pudiera tener a la fecha de vigencia de esta ley.
Art.3 Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.
Art.4 La presente ley regirá desde la fecha de su promulgación.
Art.5 Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Firmado:
Adolfo Rodriguez Saa Gobernador de la Provincia
Alberto Rodriguez Saa Jefe de Gabinete
José Guillermo L´Huillier Ministro de Asuntos Legales y Técnicos
José Antonio Moran Ministro de Gobierno, Justicia y Culto (hace dos días cambio
el titular de este ministerio)
Ante esta situación y considerando estas nuevas circunstancias la colectividad
judía de San Luis realizo una presentación ante la Cámara de Diputados dirigida
a los presidentes de las Comisiones de Negocios Constitucionales y de Finanzas y
Obras Públicas, a cargo de el Dr.José Mirabile y la Diputada Susana Sosa Lago
respectivamente:
San Luis, 28 de junio de 2001.-
Al Presidente de la
Comisión de Negocios Constitucionales
de la Honorable Cámara de Diputados
de la Provincia de San Luis
Dr. José Arnaldo Mirábile
S//D
De nuestra mayor consideración:
Por la presente la Comunidad Judía de San Luis, solicita al Sr. Presidente su
atención ante el inminente tratamiento del Proyecto de Ley de Eximición y
Condonación de impuestos provinciales a la Iglesia Católica.
Puesto que se trata de un proyecto que pretende resolver un conflicto por el que
el año pasado el Poder Ejecutivo envió otro proyecto similar, solicitamos se
tenga como documento de estudio y análisis la nota que por tal motivo nuestra
institución formalizara en su oportunidad (adjuntamos copia), como así también
las consideraciones que a continuación realizamos:
En el actual proyecto de Ley se amplia esta condonación a la Iglesia Católica a todos los impuestos provinciales, fundamentando esta decisión en preceptos constitucionales. El proyecto del año pasado se refería solo a los impuestos inmobiliario y automotor, en esta se menciona "el pago de impuestos provinciales" o "la deuda que por impuestos provinciales pudiera tener"; generalización que se presta a múltiples interpretaciones. Nos preguntamos: ¿se trata de inmuebles y bienes destinados al culto? ¿incluye bienes personales de miembros de la Iglesia Católica? ¿Abarca también a Instituciones Civiles y/o educativas relacionadas y/o administradas por la Iglesia Católica?
La Comunidad Judía de San Luis no cuestiona ni desconoce los privilegios constitucionales otorgados a la Iglesia Católica, ni pretende que no se atiendan sus necesidades; pero si, es obvio, que no son esos fundamentos constitucionales, los que generaron las deudas que se pretenden condonar, ya que el Código Tributario siempre admitió la exención.
Las causas por las cuales los cultos tienen estos "conflictos tributarios", que incluye a la Iglesia Católica, son producto de un forzado manejo institucional de esta prerrogativa legal establecida en el Código Tributario, y esa circunstancia ha colocado a todos en esta situación, lo que finalmente termina atentando contra otros preceptos constitucionales como la equidad, la igualdad, la libertad de culto y los derechos humanos asociados a esta libertad de culto.
No abundamos aquí en los conceptos vertidos en nuestra presentación de fecha 15 mayo de 2000, pero si, los ratificamos y solicitamos se remitan a ellos para ampliar las premisas de un análisis completo en el tratamiento del tema.
Es muy importante para nosotros la comprensión de este problema ya que de no ampliarse esta condonación a situaciones como la de la Comunidad Judía estaríamos en presencia de una Ley absolutamente arbitraria y parcial, contraria a esos preceptos que pretende defender.
Estamos atentos a todas las circunstancias que deriven del tratamiento de este proyecto de Ley; repetimos, no en contra de la soluciones que la Iglesia Católica persigue legítimamente, sino al hecho de legislar parcializando el problema que, reiteramos, no solo afecta el culto Católico.
Poniéndonos a su disposición para ampliar estos conceptos y comunicándole que
nota de igual tenor se presenta ante la Comisión de Finanzas y Obras Públicas de
esa Honorable Cámara, nos despedimos con nuestro tradicional:
SHALOM (paz)
Firmado:
Raquel B. de Aljanati Tesorera
Mercedes C. de Anidjar Secretaria
Daniel Hodara Presidente
Sociedad Israelita de Beneficencia de San Luis.