SANCIÓN LEGISLATIVA Nº 5265 LEY DE CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DE IMPUESTOS A LA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA Y ROMANA. San Luis, 25 de julio de 2001.-
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
Art.1º.- Exímase a la Iglesia Católica Apostólica Romana del pago de impuestos provinciales.-
Art.2º.- Condónase a la Iglesia Católica Apostólica Romana la deuda que por impuestos provinciales pudiera tener a la fecha de vigencia de esta Ley.-
Art.3º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente Ley.-
Art.4º.- La presente Ley regirá desde la fecha de su promulgación.-
Art.5º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-
RECINTO DE SESIONES de la Honorable Legislatura de la Provincia de San Luis, a veinticinco días del mes de Julio del año dos mil uno.-
RAUL ERNESTO OCHOA
PRESIDENTE
H. Cámara de Diputados (S.L)
DR. RUBEN ANGEL RODRIGUEZ
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados (S.L)
Sdor. ERNESTO MORETTI ARROSPIDE
Presidente Provisional
H. Senado Provincia de San Luis.
PEDRO GUSTAVO RISMA
Secretario Administrativo
Honorable Senado Provincial.
Finalmente el Senado completó la Sanción Legislativa Nº 5265 sobre Condonación y Eximición de impuestos a la Iglesia Católica. Nuestra última nota presentada correspondía a la enviada al Senado Provincial. Por ello intentamos nuevamente enviar otra, aun sin esperanzas, al Ministerio de Gobierno y Culto del Ejecutivo Provincial a los efectos de solicitar el veto, completando de esta manera todas las instancias administrativas. Nota que transcribimos a continuación:
San Luis, 1 de agosto de 2001.-
Al Sr.
Ministro de Gobierno, Justicia y Culto
del Gobierno de la Provincia de San Luis
Dn. Sergio Scarpatti Schmid
S……........….......….//………........……..D
De nuestra mayor consideración:
En virtud de la sanción legislativa N°5265 de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia, correspondiente al proyecto del ley por el cual se exime y condona a Iglesia Católica Apostólica Romana de impuestos provinciales, solicitamos a Ud. el análisis de la situación que esta legislación plantea a la luz de los reclamos efectuados por nuestra colectividad.
Como Ud. podrá apreciar seguimos todos los mecanismos de petición, en cada una de las instancias que a tenido este proceso (adjuntamos a la presente copia de esos pedidos), peticiones que, sin embargo, no han tenido nunca una contestación tan siquiera de estilo. Por ese motivo y la competencia de su cartera, recurrimos a Ud. para solicitarle contemple la posibilidad que aconseje la aplicación de otro mecanismo constitucional como es el de veto a los efectos de evitar se consume un acto, a nuestro juicio, de parcialidad e inequidad y que, seguramente, el Gobierno que preside el Gobernador Adolfo Rodríguez Saá, no desea.
No abundamos en detalles ya que la lectura de las notas que adjuntamos los explicitan adecuadamente.
Sin otro particular y poniéndonos a su disposición para las aclaraciones que considere oportunas, nos despedimos con nuestro tradicional:
SHALOM (paz)
Fdo.
Sra. Raquel Benzaquen de Aljanati Tesorera
Arq. Daniel Hodara Presidente