Sociedad Israelita de Beneficencia de San Luis

PROYECTO DE LEY DE "LIBERTAD RELIGIOSA"

Comunicado del Obispado de San Luis con fecha 13 de diciembre de 2001

MENSAJE DEL OBISPO DE SAN LUIS

UNA AUTENTICA LIBERTAD RELIGIOSA,

PARA EL BIEN DEL PUEBLO DE SAN LUIS

 1)   Una autentica libertad religiosa significa reconocer los legítimos derechos en materia religiosa.

Significa valorar la vida religiosa de la población, y hacerla posible.

Significa reconocer derechos religiosos que se puedan llevar a la practica, y no se queden en pura teoría. Derechos no sólo en el papel, sino para la vida real.

 2)  Si son derechos humanos, son para todos los seres humanos.

Eso significa que además de los derechos de las minorías, deben respetarse los legítimos derechos de la mayoría de la población.

 3)  En San Luis, no cabe la menor duda de que la gran mayoría de la población se identifica religiosamente con la Iglesia Católica.

Eso no es el resultado de una campaña publicitaria, sino de una historia construida en la fe, que llega hasta hoy. Es la historia del Cristo de la Quebrada y del Señor de Renca, de la Virgen del Rosario y de la Virgen de San Nicolás. Es pasado y es presente. No se puede negar.

Todo eso quedó afirmado en el art. 7º de la Constitución Provincial de 1987, donde se reconoce la cooperación existente entre el Estado y la Iglesia Católica, no como un privilegio arbitrario, sino como el reconocimiento público del aporte de la Iglesia al bien común de todos los habitantes de la provincia. Sin perjuicio de ello, como lo continua estableciendo el Art. 7º, se reconoce también el derecho a la libertad religiosa.

 4)  Confiamos en que la nueva Ley que se propone, será una autentica Ley de libertad religiosa, para el bien de todo el pueblo de San Luis. Si fuera. usada para despreciar los derechos religiosos de la mayoría, sería simplemente una Ley anticatólica.

El Gobierno Provincial ha mantenido hasta el presente una actitud equilibrada en esta materia, que quedó reflejada en el mencionado art. 7º' de la Constitución Provincial, en el sostén brindado a los edificios para el culto, y en la temática educativa y asistencial. Confiamos por eso en que la nueva ley de libertad Religiosa será para el bien de todos.

 San Luis, 13 de diciembre de 2001