Sociedad Israelita de Beneficencia de San Luis

PROYECTO DE LEY DE "LIBERTAD RELIGIOSA"

Propuesta de Modificación del Obispado de San Luis con fecha 21 de mayo de 2002

PROPUESTA DEL OBISPO DE SAN LUIS

(para mayor claridad se incluye el texto original.

Nota del Webmaster)

Media Sanción del Senado:

Artículo 2º Las creencias religiosas no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la Ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas.

Propuesta de la Iglesia Católica:

Artículo 2º Las creencias religiosas no constituirán motivo alguno de discriminación o desigualdad injusta ante la Ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas.

Más un agregado como artículo 3º:

Artículo 3º Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2 de la presente ley, se reconoce expresamente a la Iglesia Católica, en concordancia con el artículo 2 de la Constitución Nacional la situación conferida por el artículo 7 de la Constitución Provincial.

San Luis,. 21 de Mayo de 2002.