Sociedad Israelita de Beneficencia de San Luis

24

de noviembre

de 2001

Presentaron proyecto de Ley de Libertad Religiosa y de Cultos

San Luis. El Gobierno de la Provincia es la primera jurisdicción nacional que se preocupa en la elaboración de una ley referida a la libertad de conciencia y de culto. En la jornada de ayer el Poder Ejecutivo presentó la propuesta de Ley de Libertad Religiosa y de Cultos para que sea debatida en todos los ámbitos de la sociedad.

En el Salón Blanco de Casa de Gobierno, presidida por la vicegobernadora Alicia Lemme y el Jefe de Gabinete, Alberto Rodríguez Saá, acompañado por todo el Gabinete Provincial, presentaron la propuesta, la que será ingresada al Poder Legislativo de forma inminente. En ese marco destacó que "este proyecto que propone San Luis para nada afecta los principios constitucionales máximos, al contrario, considera que la Constitución es un piso en las libertades, las que podemos desarrollar y tener más libertades que las que establece la Constitución, siendo esta una tendencia moderna del derecho constitucional".

"Esto se trata de una presentación, de esta forma queda abierto el debate, esperamos que el proyecto se discuta en todos los ámbitos de la sociedad y que surja con el apoyo de todos la mejor ley para garantizar y sostener la libertad de conciencia", enfatizó Rodríguez Saá.

"La libertad de conciencia, que le garantiza a cada ser humano pensar como quiera en el campo político, religioso, científico o cultural, es uno de los principales derechos humanos y no hay ley en el mundo que pueda oponerse a este principio", remarcó el funcionario ante el auditorio integrado por referentes e integrantes de diversos cultos establecidos en la Provincia. A su vez a esta presentación la calificó como "uno de mis últimos actos, ya que como lo prometí el 23 de febrero ,al asumir, el próximo 10 de diciembre dejaré el cargo de jefe de Gabinete", apuntó.

 • Apertura del debate

Rodríguez Saá pidió a todos abrir el debate a partir de la presentación y señaló que en la redacción se basaron en la Constitución de España, la mas actualizada de las cartas magnas, a lo que se suma la Constitución Argentina y de la Provincia de San Luis.

El ministro trazó un perfil histórico-científico sobre los distintos procesos y mecanismos que a lo largo del tiempo han abordado el tema de la libertad religiosa y de cultos.

Este perfil no dejó exento el estatuto sancionado en San Luis en 1832 y que le confería al Gobernador de la Provincia, poderes especiales como para decretar la pena de muerte a todo aquel que pensara distinto.

El mencionado estatuto comenzaba "es la religión verdadera, única y excluyente, la católica, apostólica y Romana. Esto no es una crítica a una religión en particular, sino que sirve para graficar cómo se pensaba en otras épocas sobre este tema".

Finalmente el funcionario terminó su alocución con un homenaje a la figura del gran pensador sanluiseño Juan Crisóstomo Lafinur, "quien fuera perseguido por pensar distinto, cuyo pensamiento trascendió las fronteras y sirvió para que Chile sancionara una constitución señera en cuanto a la defensa de los derechos humanos y las libertades individuales", culminó.

• Detalles del Proyecto

 El proyecto de ley en sus fundamentos expresa que en la constitución de la Provincia, en su artículo 7º se garantiza la libertad religiosa en sus dos aspectos sustanciales: a) la libertad de conciencia y b) la libertad de culto.

El texto del proyecto se fundamenta en el artículo 12º de la convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, incorporado al artículo 75 inciso 22 de la Constitución de la Nación Argentina; en el artículo 18º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, siendo la fuente de ésta norma proyectada la legislación española sobre la materia.

Los artículos del proyecto señalan que el Estado Provincial garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto reconocido la Constitución de la Provincia. Que las creencias religiosas no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la Ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas.

El proyecto indica que "La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho a toda persona a:

Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenia, manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.

Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa de su propia confesión; conmemorar sus festividades, celebrar sus ritos matrimoniales; recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos, y no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales.

Recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda Índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento; elegir para si, y para los menores no emancipados e incapacitados, bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Reunirse o manifestarse públicamente con fines religiosos y asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades religiosas de conformidad con el ordenamiento jurídico general y lo establecido en la presente ley.

Asimismo comprende el derecho de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas a establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos, a designar a sus ministros, a divulgar y propagar su propio credo, y a mantener relaciones con sus propias organizaciones o con otras confesiones religiosas, sea en territorio provincial, nacional o en el extranjero.

El Poder Ejecutivo -de acuerdo al proyecto de ley- instituirá un Registro Público de las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas que actúen en la Provincia y podrá formalizar convenios mediante los cuales extienda a dichas entidades -con estricta sujeción a los principios de legalidad, igualdad y razonabilidad- los beneficios fiscales que contemple el ordenamiento jurídico provincial para las entidades sin fines de lucro.

• Opiniones

 Finalizada la presentación, diferentes referentes de los cultos dieron su opinión sobre el proyecto, todos destacando la importancia y la necesidad de una normativa sobre el tema.

 - Francisco Centurión de la Iglesia Evangélica.

"Creo que es algo muy importante para la comunidad, somos todos ciudadanos de una misma nación y provincia y necesitábamos que se legisle sobre este tema, ya que había un poco de discriminación".

De nuestra parte -añadió- aplaudimos este hecho, esta propuesta para que sea dictada esta ley. Participaremos en el debate, nos interesa que haya realmente libertad de conciencia en nuestra Provincia y en el país.

 - Miguel Fernández de la Iglesia Evangélica.

"Es interesante en este tiempo donde todo está evolucionando y más esta parte de la legislación. Muchos de los conceptos ya han quedado en la historia y tenemos que hacer una nueva historia".

A su vez sostuvo que "es un proyecto donde todos vamos a debatir, a discutir precisamente sobre este marco de la igualdad, la no discriminación y esto da un marco interesante a lo que se pretende en derechos humanos".

 - Padre Marcelo Parma de la Iglesia Católica Apostólica Romana.

"Como Iglesia estamos comprometidos a estudiar este proyecto, analizarlo, y desde nuestra responsabilidad histórica, espiritual, social e institucional ver todo lo que podemos aportar a esta iniciativa, que queremos que esté en sintonía con el espíritu de la Constitución Nacional y provincial", precisó el presbítero.

En ese marco indicó que "hay muchos elementos para el análisis, debate y para enriquecer el proyecto. También para que sea una expresión de libertad para lo que es la vida religiosa de nuestro pueblo y a la luz de como Iglesia, a nosotros nos toca lo que es la historia de San Luis y la Patria".

Por último destacó que "creo que hay una premisa que es válida, que es la de la libertad religiosa, nosotros entendemos que esa libertad está correctamente garantizada por la Constitución Nacional, que es el marco normativo para la vida de todos los argentinos y también por la Constitución Provincial. Definir cuáles son los elementos de esta ley podría incorporar en términos positivos en ese marco constitucional en el que vivimos".